El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido el recurso contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (APB) -confirmada más tarde por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)- que absolvió al acusado por la muerte de la ex concejal de Igualada Francesca de Paula Castelltort en octubre de 2006. El acusado, Ivan M.F., estuvo casi dos años en prisión preventiva.
El TS considera que queda claro que los integrantes del jurado que juzgó el caso expresaron "con suficiente extensión y detalle" las razones por las que descartaron la participación del acusado en los hechos. Además asegura que los recurrentes "no desarrollan" en su recurso en qué términos o partes del veredicto pueden encontrarse la falta de motivación denunciada.
A finales de enero, el TSJC desestimó el recurso presentado por la familia de la víctima contra la sentencia de la APB. Los familiares consideraban que se había hecho una "valoración arbitraria y deficientemente motivada de la prueba indiciaria practicada en el juicio".
El TSJC negó que el jurado hubiera valorado de forma arbitraria la prueba y consideró que existían "elementos suficientes para desvirtuar el aducido valor incriminatorio de cada uno de los indicios".
Castelltort, de 55 años, casada y con tres hijos, falleció entre las seis y las siete de la tarde del 31 de octubre de 2006 en un caserón que tenía en la calle Òdena y que estaba siendo rehabilitado. La mujer murió a consecuencia de los golpes que alguien le propinó en la cabeza con un objeto contundente.
Su familia denunció su desaparición al día siguiente y ese mediodía la policía encontró su cadáver. Por la tarde fue detenido uno de los albañiles, que quedó en libertad por falta de pruebas, y el 4 de noviembre, Iván M.F. fue arrestado por la descripción facilitada por varios vecinos, que vieron a la mujer con un hombre.
Tras la confirmación del TSJC, los familiares decidieron recurrir al TS, ya que consideran que existen tres indicios principales. La tarde del asesinato, el acusado contaba con la única llave conocida de la vivienda, cuya puerta fue cerrada con llave después de la muerte.
Además, se encontró sangre de la víctima en el asiento del conductor de la furgoneta del acusado y sus huellas paralelas a las de la víctima en la terraza contigua a la habitación donde apareció el cadáver.
Según el TS el jurado ya analizó estas pruebas y argumentó que no quedaba acreditado que la única llave existente fuera la del acusado -que se encargaba de hacer trabajos de albañilería- ni tampoco que víctima y acusado coincidieran en la casa en el momento del asesinato. Además, tampoco queda probado que la mancha "imperceptible" de sangre fuera trasladada allí desde el lugar de los hechos por Iván M.F.